En cumplimiento de lo establecido en el artículo 405 del Reglamento (UE) n°575/2013 de 26 de junio y el articulo 6(3) de la “EU Securitisation Regulation”, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, Unión de Créditos Inmobiliarios S.A., E.F.C. mantiene el compromiso de retener en los fondos de titulización emitidos a partir del 2004, de manera constante, un interés económico neto significativo. A estos efectos, se entenderá por "de manera constante" que el interés económico neto retenido no estará sujeto a reducción del riesgo de crédito, ni a posiciones cortas ni a otros tipos de cobertura y tampoco se venderá.
Todos los detalles actualizados sobre dicho requisito pueden localizarse en la Información Periódica publicada sobre dichos fondos de titulización en
Santander de Titulización